Clasificacion
❓ ¿Qué propone TESBAL frente a esta situación?
✅ Que se garantice la igualdad de trato en la clasificación profesional y condiciones salariales, basándose en funciones y titulación, no en el origen del contrato.
Y que se revise la aplicación de la DA15 en GSAIB desde una perspectiva jurídica, laboral y presupuestaria, en lugar de aceptarla como un dogma inamovible.
Y que se revise la aplicación de la DA15 en GSAIB desde una perspectiva jurídica, laboral y presupuestaria, en lugar de aceptarla como un dogma inamovible.
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❓ ¿Somos considerados personal sanitario como Técnicos en Emergencias?
✅ Sí. Según la Ley 44/2003 de ordenación de las profesiones sanitarias y el RD 1397/2007, tanto los TES como los TTS son profesiones sanitarias reconocidas por el ordenamiento jurídico.
TESBAL trabaja activamente para que GSAIB e IB-Salut cumplan esta clasificación legal, y no degraden ni cambien la naturaleza sanitaria de nuestros puestos.
TESBAL trabaja activamente para que GSAIB e IB-Salut cumplan esta clasificación legal, y no degraden ni cambien la naturaleza sanitaria de nuestros puestos.
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Indemnizaciones
❓ ¿Tengo derecho a indemnización al terminar un contrato temporal?
✅ Sí, siempre que no se trate de una baja voluntaria.
En contratos temporales (eventuales, obra y servicio), corresponde una indemnización de 12 días por año trabajado.
En los contratos indefinidos no fijos, también puede existir derecho si no hay recolocación y se produce cese por finalización o amortización.
En contratos temporales (eventuales, obra y servicio), corresponde una indemnización de 12 días por año trabajado.
En los contratos indefinidos no fijos, también puede existir derecho si no hay recolocación y se produce cese por finalización o amortización.
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Jornada laboral
❓ ¿Me pueden asignar un servicio justo al final de mi turno aunque eso retrase mi salida?
✅ No debería ser una práctica habitual. La OMS y la normativa laboral desaconsejan asignaciones al límite del turno por riesgo para la salud del trabajador y del paciente. TESBAL ha denunciado esta práctica como un abuso operativo que debe corregirse.
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❓ ¿Me pueden cambiar el turno sin avisar o sin respetar la conciliación?
✅ No. Toda modificación de cuadrante debe ser comunicada con antelación y respetar los derechos de conciliación familiar y personal.
TESBAL puede ayudarte a reclamar si se vulnera tu derecho a conocer y planificar tu jornada con antelación.
TESBAL puede ayudarte a reclamar si se vulnera tu derecho a conocer y planificar tu jornada con antelación.
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Normativas y leyes
❓¿Soy fijo en la administración cuando me subrogan?
✅ Respuesta: No.
La subrogación desde una empresa privada a la administración póblica no convierte al trabajador en fijo público.
El Tribunal Supremo (STS 32/2025) ha establecido que el personal subrogado queda como “laboral a extinguir”:
- Mantiene su puesto, salario, jornada y antigüedad.
- No adquiere automáticamente los derechos de fijo público.
Para ser fijo es necesario superar un proceso selectivo (oposición, concurso o concurso-oposición).
La subrogación desde una empresa privada a la administración póblica no convierte al trabajador en fijo público.
El Tribunal Supremo (STS 32/2025) ha establecido que el personal subrogado queda como “laboral a extinguir”:
- Mantiene su puesto, salario, jornada y antigüedad.
- No adquiere automáticamente los derechos de fijo público.
Para ser fijo es necesario superar un proceso selectivo (oposición, concurso o concurso-oposición).
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❓ ¿Cómo se forma una ley en las Illes Balears?
✅ Una ley autonómica se forma a través de un procedimiento legislativo en el Parlament de les Illes Balears.
El proceso incluye varias fases:
Iniciativa legislativa: puede partir del Govern, del propio Parlament, o por iniciativa ciudadana (si cumple los requisitos).
Tramitación parlamentaria: se presenta el proyecto o proposición de ley, se debate en comisión y se abre a enmiendas.
Debate y aprobación en pleno: el Parlament debate y vota el texto final.
Sanción y promulgación: una vez aprobada, el President de les Illes Balears la sanciona y promulga.
Publicación: se publica en el Butlletí Oficial de les Illes Balears (BOIB), momento en el que entra en vigor (salvo que indique otra fecha).
El proceso incluye varias fases:
Iniciativa legislativa: puede partir del Govern, del propio Parlament, o por iniciativa ciudadana (si cumple los requisitos).
Tramitación parlamentaria: se presenta el proyecto o proposición de ley, se debate en comisión y se abre a enmiendas.
Debate y aprobación en pleno: el Parlament debate y vota el texto final.
Sanción y promulgación: una vez aprobada, el President de les Illes Balears la sanciona y promulga.
Publicación: se publica en el Butlletí Oficial de les Illes Balears (BOIB), momento en el que entra en vigor (salvo que indique otra fecha).
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❓ ¿Qué es la Disposición Adicional 15 de la Llei 15/2012?
✅ Es una disposición legal incluida en la Ley de Presupuestos Generales de la CAIB para 2013 que regula la clasificación profesional y el régimen retributivo del personal laboral del sector público instrumental.
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❓ ¿Qué regula exactamente esta disposición?
✅ Establece:
La clasificación por grupos profesionales (A, B, C, D y E) según la titulación exigida.
La estructura salarial básica y complementaria, incluyendo complementos como insularidad, antigüedad, dificultad técnica o penosidad.
La posibilidad de establecer complementos personales transitorios si el nuevo sistema retributivo reduce el salario anterior.
La obligación de valorar objetivamente los puestos de trabajo y adaptar la Relación de Puestos en cada ente.
La convocatoria de procesos de consolidación para personal no fijo.
La clasificación por grupos profesionales (A, B, C, D y E) según la titulación exigida.
La estructura salarial básica y complementaria, incluyendo complementos como insularidad, antigüedad, dificultad técnica o penosidad.
La posibilidad de establecer complementos personales transitorios si el nuevo sistema retributivo reduce el salario anterior.
La obligación de valorar objetivamente los puestos de trabajo y adaptar la Relación de Puestos en cada ente.
La convocatoria de procesos de consolidación para personal no fijo.
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❓ ¿A quién se aplica la DA15?
✅ A todo el personal laboral que presta servicio en los entes del sector público instrumental de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
Incluye tanto al personal fijo como al indefinido no fijo o temporal, con criterios diferenciados según su situación administrativa.
Incluye tanto al personal fijo como al indefinido no fijo o temporal, con criterios diferenciados según su situación administrativa.
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❓ ¿Qué diferencia existe entre personal fijo y no fijo en la aplicación de la DA15?
✅ El personal fijo debe ser clasificado según la titulación de acceso y su proceso selectivo, mientras que el no fijo será clasificado como “indefinido no fijo” si no superó un proceso conforme a los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad.
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❓ ¿La DA15 permite desigualdades salariales dentro del mismo puesto?
✅ Porque GSAIB está usando la DA15 para justificar la creación de categorías distintas para trabajadores con la misma titulación y funciones, consolidando así una desigualdad estructural entre subrogados y nuevas contrataciones.
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❓ ¿Se puede modificar la DA15?
✅ No sin una modificación legislativa.
Al tratarse de una disposición con rango de ley, solo el Parlament de les Illes Balears puede reformarla. Sin embargo, la empresa puede aplicar criterios de igualdad dentro del margen que le permite la ley, sobre todo en la valoración de puestos y condiciones objetivas.
Al tratarse de una disposición con rango de ley, solo el Parlament de les Illes Balears puede reformarla. Sin embargo, la empresa puede aplicar criterios de igualdad dentro del margen que le permite la ley, sobre todo en la valoración de puestos y condiciones objetivas.
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❓ ¿Qué se necesita para poder modificar una ley como la Llei 15/2012 y su Disposición Adicional 15?
✅ Para modificar la Llei 15/2012 y su Disposición Adicional 15 (DA15), es imprescindible iniciar y completar un procedimiento legislativo formal en el Parlament de les Illes Balears.
Esto requiere:
Iniciativa legislativa válida, que puede presentarse por:
El Govern de les Illes Balears mediante un proyecto de ley.
Uno o varios grupos parlamentarios, o al menos tres diputados/as, mediante proposición de ley.
Iniciativa legislativa popular, si se recogen las firmas exigidas por ley.
Tramitación parlamentaria completa:
Debate y aprobación en comisión.
Votación en el pleno del Parlament.
Aprobación por mayoría simple.
Sanción y promulgación:
Una vez aprobada por el Parlament, el President de les Illes Balears debe sancionar y promulgar la ley modificada.
Publicación en el BOIB:
La modificación entra en vigor tras su publicación oficial, salvo que se indique lo contrario.
📌 Importante:
No se puede modificar una ley como la 15/2012 mediante acuerdos sindicales, convenios colectivos ni decisiones internas del Govern o de una empresa pública.
Solo el Parlament puede modificar su contenido mediante una nueva ley.
Esto requiere:
Iniciativa legislativa válida, que puede presentarse por:
El Govern de les Illes Balears mediante un proyecto de ley.
Uno o varios grupos parlamentarios, o al menos tres diputados/as, mediante proposición de ley.
Iniciativa legislativa popular, si se recogen las firmas exigidas por ley.
Tramitación parlamentaria completa:
Debate y aprobación en comisión.
Votación en el pleno del Parlament.
Aprobación por mayoría simple.
Sanción y promulgación:
Una vez aprobada por el Parlament, el President de les Illes Balears debe sancionar y promulgar la ley modificada.
Publicación en el BOIB:
La modificación entra en vigor tras su publicación oficial, salvo que se indique lo contrario.
📌 Importante:
No se puede modificar una ley como la 15/2012 mediante acuerdos sindicales, convenios colectivos ni decisiones internas del Govern o de una empresa pública.
Solo el Parlament puede modificar su contenido mediante una nueva ley.
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Permisos
❓ ¿Puedo disfrutar o recuperar el permiso parental de 8 semanas para cuidado de hijos/as menores de 8 años?
✅ Respuesta:Sí.
El permiso parental de hasta 8 semanas para el cuidado de un menor de hasta 8 años está regulado en el Real Decreto-ley 5/2023 y actualizado por el Decreto 9/2025, de 28 de julio de 2025.
🔹 Derecho general: Cada progenitor dispone de hasta 8 semanas, continuas o fraccionadas, a tiempo completo o parcial (previo acuerdo con la empresa).
🔹 Condiciones según fecha de nacimiento del menor:
👉 Menores nacidos a partir del 2 de agosto de 2024: Dentro de las 8 semanas, 2 son retribuidas.
👉 Menores nacidos antes del 2 de agosto de 2024: El permiso existe, pero no incluye semanas retribuidas. No obstante, queda abierta la posibilidad de reclamar judicialmente la aplicación directa de la Directiva (UE) 2019/1158, que reconoce al menos 2 semanas retribuidas de permiso parental.
🔹 Plazo de disfrute: El permiso puede solicitarse en cualquier momento mientras el hijo/a tenga menos de 8 años.
El permiso parental de hasta 8 semanas para el cuidado de un menor de hasta 8 años está regulado en el Real Decreto-ley 5/2023 y actualizado por el Decreto 9/2025, de 28 de julio de 2025.
🔹 Derecho general: Cada progenitor dispone de hasta 8 semanas, continuas o fraccionadas, a tiempo completo o parcial (previo acuerdo con la empresa).
🔹 Condiciones según fecha de nacimiento del menor:
👉 Menores nacidos a partir del 2 de agosto de 2024: Dentro de las 8 semanas, 2 son retribuidas.
👉 Menores nacidos antes del 2 de agosto de 2024: El permiso existe, pero no incluye semanas retribuidas. No obstante, queda abierta la posibilidad de reclamar judicialmente la aplicación directa de la Directiva (UE) 2019/1158, que reconoce al menos 2 semanas retribuidas de permiso parental.
🔹 Plazo de disfrute: El permiso puede solicitarse en cualquier momento mientras el hijo/a tenga menos de 8 años.
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❓ Estando de vacaciones, si me dan la baja médica, ¿se paralizan mis vacaciones?
✅ Respuesta: No se pierden.
Según el artículo 38 del Estatuto de los Trabajadores, si una baja médica coincide con un periodo de vacaciones ya sea que empiece antes o que se inicie durante el disfrute de estas, se considera que esos días no se han podido disfrutar. Como consecuencia, tendrás derecho a recuperar esas vacaciones más adelante, una vez que finalice la baja.
Además, hay un plazo máximo para recuperarlas: puedes disfrutar esos días pendientes dentro de los 18 meses siguientes al final del año natural al que corresponden las vacaciones.
Según el artículo 38 del Estatuto de los Trabajadores, si una baja médica coincide con un periodo de vacaciones ya sea que empiece antes o que se inicie durante el disfrute de estas, se considera que esos días no se han podido disfrutar. Como consecuencia, tendrás derecho a recuperar esas vacaciones más adelante, una vez que finalice la baja.
Además, hay un plazo máximo para recuperarlas: puedes disfrutar esos días pendientes dentro de los 18 meses siguientes al final del año natural al que corresponden las vacaciones.
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❓ ¿Puedo ausentarme del trabajo para ir a una cita médica con prescripción pública?
✅ Sí. El Estatuto de los Trabajadores contempla como deber inexcusable la asistencia a citas médicas prescritas por el sistema público de salud. TESBAL puede ayudarte a comunicar y justificar correctamente esta situación ante la empresa.
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Retribuciones
❓ ¿Por qué el personal CAIB cobra menos que el personal subrogado si realizamos las mismas funciones?
✅ Porque el personal subrogado mantiene derechos económicos previos por obligación legal al ser absorbidos por GSAIB, incluidos complementos como dietas, pluses o condiciones pactadas en sus antiguos convenios.
Desde TESBAL defendemos que esta situación vulnera el principio de igualdad, ya que todos compartimos hoy un único convenio (GSAIB), pero persisten dos formas de retribuir el mismo trabajo.
Desde TESBAL defendemos que esta situación vulnera el principio de igualdad, ya que todos compartimos hoy un único convenio (GSAIB), pero persisten dos formas de retribuir el mismo trabajo.
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❓ ¿Por qué no cobramos dietas por turnos de 12 horas?
✅ Porque el complemento de dietas debe estar expresamente reconocido en el convenio o autorizado por Función Pública.
En el caso del personal CAIB, este derecho no fue incorporado inicialmente, y requiere todo un proceso legal y administrativo para ser implantado. TESBAL ya ha iniciado ese proceso, que incluye la validación por GSAIB, Función Pública, el informe económico y la solicitud a la Dirección General de Presupuestos.
En el caso del personal CAIB, este derecho no fue incorporado inicialmente, y requiere todo un proceso legal y administrativo para ser implantado. TESBAL ya ha iniciado ese proceso, que incluye la validación por GSAIB, Función Pública, el informe económico y la solicitud a la Dirección General de Presupuestos.
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❓ ¿Por qué el personal CAIB no cobra aparte la nocturnidad o los festivos?
✅ Respuesta:
Porque las retribuciones del personal público al servicio de la Comunidad Autónoma se regulan en la Disposición Adicional 15 del Texto Refundido de la Ley de Función Pública de les Illes Balears, donde se establece el complemento denominado “Horarios especiales”.
Este complemento incluye de forma global la compensación por realizar trabajo a turnos, en festivos y en horario nocturno.
En el caso del personal CAIB de GSAIB, esa compensación ya está integrada y prorrateada dentro del complemento específico, por lo que no se abona de forma desglosada ni adicional por cada festivo o noche trabajada.
👉 Importante: Este complemento es solo una compensación por la disponibilidad para realizar turnos especiales (noches, festivos, rotatorios), y no cubre de forma efectiva el trabajo concreto de cada festivo o noche realizado.
Por eso, desde la sección sindical USO-GSAIB se considera que debe reclamarse y denunciarse para que la nocturnidad y la festividad se compensen realmente, como ocurre en otros ámbitos laborales.
Porque las retribuciones del personal público al servicio de la Comunidad Autónoma se regulan en la Disposición Adicional 15 del Texto Refundido de la Ley de Función Pública de les Illes Balears, donde se establece el complemento denominado “Horarios especiales”.
Este complemento incluye de forma global la compensación por realizar trabajo a turnos, en festivos y en horario nocturno.
En el caso del personal CAIB de GSAIB, esa compensación ya está integrada y prorrateada dentro del complemento específico, por lo que no se abona de forma desglosada ni adicional por cada festivo o noche trabajada.
👉 Importante: Este complemento es solo una compensación por la disponibilidad para realizar turnos especiales (noches, festivos, rotatorios), y no cubre de forma efectiva el trabajo concreto de cada festivo o noche realizado.
Por eso, desde la sección sindical USO-GSAIB se considera que debe reclamarse y denunciarse para que la nocturnidad y la festividad se compensen realmente, como ocurre en otros ámbitos laborales.
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